DIFERENCIAS ENTRE UNA SOCIEDAD ANÓNIMA y UNA SOCIEDAD POR ACCIONES SIMPLIFICADAS

En Uruguay, la Sociedad Anónima (SA) y la Sociedad por Acciones Simplificada (SAS) son dos tipos de sociedades comerciales reguladas por la legislación, que tienen características y usos distintos. Aquí te detallo sus principales diferencias:
1. Marco normativo
  • SA: Regida principalmente por la Ley N.º 16.060 (Ley de Sociedades Comerciales).
  • SAS: Regida por la Ley N.º 19.820 (Ley de Emprendedurismo), introducida en 2019 como una alternativa más flexible y moderna.
2. Constitución y trámites iniciales
  • SA:
  • Más compleja y formal.
  • Requiere escritura pública.
  • Inscripción en el Registro Nacional de Comercio (RNC) y aprobación por el Banco Central del Uruguay (BCU).
  • Es obligatorio un estatuto detallado.
  • SAS:
  • Proceso más ágil y simplificado.
  • Se puede constituir por contrato privado o escritura pública (opcional).
  • Inscripción solo en el Registro Nacional de Comercio.
  • Se permite usar modelos predefinidos de estatutos, reduciendo costos legales.
3. Capital social
  • SA:
  • El capital social mínimo depende del tipo de sociedad (por ejemplo, S.A. abiertas o cerradas).
  • Debe integrarse al menos el 25% al momento de la constitución.
  • SAS:
  • No tiene un capital mínimo obligatorio.
  • Se puede integrar en dinero, bienes o servicios.
4. Accionistas
  • SA:
  • Requiere al menos dos accionistas.
  • Los accionistas pueden ser personas físicas o jurídicas.
  • SAS:
  • Puede tener un único accionista (ideal para emprendimientos).
  • Más flexibilidad en la estructura societaria.
5. Administración
  • SA:
  • Obligatorio un Directorio compuesto por al menos tres integrantes (salvo casos de S.A. cerradas con menos de 20 accionistas, donde puede ser de un solo director).
  • Requiere formalidades como actas de reuniones periódicas.
  • SAS:
  • Administración más flexible, puede ser ejercida por un director único o un órgano colegiado, según el estatuto.
  • No tiene tantas exigencias formales.
6. Responsabilidad
  • Ambas: La responsabilidad de los accionistas está limitada al monto de sus aportes.
7. Control y supervisión
  • SA:
  • Puede estar sujeta al control del Banco Central (en el caso de las S.A. abiertas).
  • Requiere auditorías externas y comisarios fiscales en ciertos casos.
  • SAS:
  • No están bajo supervisión del BCU.
  • No requieren comisarios fiscales, salvo que el estatuto lo disponga.
8. Costo de mantenimiento
  • SA:
  • Más altos, debido a auditorías, directorio obligatorio, y mayor carga administrativa.
  • SAS:
  • Menores, ya que las exigencias contables y formales son reducidas.
9. Propósito
  • SA:
  • Tradicionalmente usada para grandes empresas, operaciones complejas o entidades con varios accionistas.
  • Ideal para empresas que cotizan en bolsa o buscan inversión extranjera.
  • SAS:
  • Diseñada para emprendimientos, startups y PYMEs.
  • Ofrece mayor flexibilidad para adaptarse a los cambios.
Conclusión
La elección entre una SA y una SAS dependerá de las necesidades de la empresa, el nivel de formalidad requerido, la cantidad de accionistas y los costos que se quieran asumir. La SAS es una opción más moderna, ágil y económica, ideal para empresas emergentes, mientras que la SA sigue siendo adecuada para negocios consolidados o de gran envergadura.
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